Documentación aprobada

Se ponen a disposición de la comunidad universitaria los siguientes documentos:

Estos documentos deben entenderse como parte de un enfoque institucional preventivo y compartido, orientado a reforzar la confianza en los procesos de evaluación y a garantizar condiciones justas para toda la comunidad universitaria.

Información para el estudiantado

El uso de detectores de frecuencia en los exámenes tiene como finalidad garantizar la igualdad de condiciones y la equidad en la evaluación, protegiendo el esfuerzo del conjunto del estudiantado.

  • Los detectores únicamente indican la presencia de emisiones de radiofrecuencia o campos magnéticos cercanos.
  • No leen comunicaciones, no identifican contenidos ni almacenan información personal.
  • Su utilización debe ser anunciada previamente por el profesorado, explicando su funcionamiento y carácter inocuo.
  • Cualquier actuación derivada de una detección se realizará de forma proporcionada, respetuosa y preservando la dignidad del estudiante, conforme a la Normativa de Honestidad Académica.

El protocolo contempla expresamente las excepciones por motivos médicos o necesidades específicas de apoyo educativo, gestionadas a través de los servicios correspondientes de la Universidad.

Información para el profesorado

El profesorado dispone, a partir de estos acuerdos, de un marco normativo claro que regula el uso de detectores de frecuencia como herramienta de apoyo a la vigilancia activa de las pruebas, tal y como establece la Normativa de Honestidad Académica.

  • El uso de estos dispositivos es voluntario y debe ser proporcional al fin perseguido.
  • Debe anunciarse e informarse al estudiantado antes de su utilización.
  • Solo pueden emplearse detectores de frecuencia de modelos expresamente aprobados por el Vicerrectorado de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial.
  • En la actualidad, existe un único modelo autorizado, cuyo manual de uso se encuentra disponible en esta web.

El protocolo detalla las pautas de actuación ante una detección, siempre desde una perspectiva de prudencia, respeto y seguridad jurídica.

Información para Centros y Facultades

La implantación operativa de estos sistemas corresponde a los centros, escuelas y facultades, dentro del marco aprobado por el Consejo de Gobierno:

  • Cada centro es responsable de adquirir los detectores de frecuencia que considere necesarios, en función de sus características y necesidades.
  • Los dispositivos son gestionados y mantenidos por el propio centro (custodia, compartición entre profesorado, mantenimiento, pilas, etc.).
  • Los detectores podrán compartirse entre el profesorado conforme a la organización que establezca cada centro.
  • Solo pueden adquirirse y utilizarse modelos previamente aprobados por el Vicerrectorado y publicados en esta web.

Algunos Departamentos han expresado su interés en realizar adquisiciones, gestionando la compartición. Aunque no es el procedimiento preferido, sí es posible, aplicando los mismos puntos de esta sección.

El Vicerrectorado de Estrategia Digital e Inteligencia Artificial asesorará en la correcta aplicación del protocolo aprobado.

Actualizado el 14.01.2026